Una vez cumplimentada por madre/padre del/de la comensal, debe entregarla en Dirección o Jefatura de Estudios, donde se la sellarán, le pondrán el número y registro de entrada, y le entregarán una copia. En el plazo más breve posible, se remitirá copia a la empresa que presta el servicio, y si procede, al ISE (ente de la Junta de Andalucía que contrata el servicio). En cuanto se obtenga respuesta, se hará llegar a la persona que presentó la queja/reclamación.
(Pulse sobre la imagen para descargar la hoja de reclamaciones)
NORMATIVA DE APLICACIÓN:
- Decreto 192/1997, de 29 de julio, por el que se
regula el servicio de comedor en los centros públicos dependientes de la
Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
- Orden de 3 de agosto de 2010, por la que se
regulan los servicios complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor
escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos de la
Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
- Orden de 31 de julio de 2012, por la que se
modifica parcialmente la orden de 3 de agosto de 2010
- Orden de 28 de mayo de 2003, por la que se
aprueban los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares para la
contratación del servicio de comedor escolar por concurso.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de
noviembre, por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los
Consumidores y Usuarios.
- Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la
protección de los consumidores y usuarios
- Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y
Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía
- Decreto 72/2008 de 4 de
marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las
personas consumidoras y usuarias en Andalucía, y las actuaciones
administrativas relacionadas con ellas.
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