domingo, 13 de julio de 2014

CONSEJO ESCOLAR: Voto por correo

Procedimiento para el voto por correo:



- El plazo para el voto por correo es del 28 de octubre al 3 de noviembre (cinco días hábiles antes de la votación).
- Madres, padres y representantes legales del alumnado podrán participar en la votación enviando su voto a la correspondiente Mesa Electoral del Centro por correo certificado o entregándolo al Director del colegio, antes del recuento de votos. Para ello, la Junta Electoral de cada centro informará a madres y padres, y les remitirá la papeleta de voto y las instrucciones correspondientes, que incluirán el número máximo de personas candidatas que pueden ser votadas.
- Para garantizar el secreto del voto, la identidad de la persona  votante y evitar posibles duplicidades se utilizará el sistema de doble sobre: el sobre exterior se dirigirá por correo certificado a la Mesa electoral de madres, padres y representantes  legales del alumnado, o bien, se entregará durante los cinco días hábiles anteriores al de la votación a la persona titular de la Dirección del centro que lo custodiará hasta su entrega a dicha Mesa electoral. el sobre contendrá firma manuscrita y coincidente con la que aparece en el documento de identificación que aporte, fotocopia del DNI o de otro documento acreditativo equivalente, y un segundo sobre en blanco y cerrado  en cuyo interior se habrá incluido la papeleta de voto.
- En el caso de que el sobre de votación sea entregado al Director, éste expedirá un documento con un recibí como justificante de la entrega  y, elaborará una relación detallada con el nombre y apellidos de las personas votantes que será entregada a la Mesa electoral, junto con todos los sobres antes del escrutinio.
- La  Mesa electoral  comprobará que las  personas votantes  que utilicen  la  modalidad  de voto  no presencial, están incluidos en el censo electoral. los votos recibidos una vez finalizado el escrutinio no serán tenidos en cuenta.
- Las personas que hayan ejercido su derecho al voto por correo no podrán volver a votar presencialmente. No se contempla ningún procedimiento para que una persona pueda anular el voto que emitió por correo.

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